Un bando municipal establece dónde deben estacionar los autobuses de servicio discrecional de pasajeros
Los autobuses de servicio discrecional de viajeros que lleguen a Chipiona a pasar el día habrán de proceder a la carga y descarga de sus pasajeros en la zona señalizada en las inmediaciones del Apeadero de Autobuses de la localidad y habrán de estacionar en los espacios habilitados en su proximidad, pero no podrán acceder al casco urbano de la localidad. Así lo establece un bando municipal que ha sido publicado para regular esta actividad que, según el Consistorio, causa en la temporada estival importantes problemas de retenciones y atascos. El Consistorio ha aclarado, no obstante, que los autobuses que llevan clientes a los hoteles si podrán hacerlo con la autorización de la Policía Local.
La población, explica el bando, ha registrado durante los últimos años un notable incremento de tráfico de vehículos y ello se ve dificultado por el incremento exponencial que se produce en los períodos vacacionales. En concreto, algunos fines de semana de agosto la población se multiplica por diez.
Esta situación, prosigue el bando, se ve dificultada por la circulación de autobuses que prestan servicios discrecionales y que, al transitar y estacionar en lugares no autorizados, causan retenciones y atascos, obligando a que las dotaciones policiales tengan que solventar las situaciones planteadas e, incluso, realizar el acompañamiento de este tipo de vehículos hasta el exterior de la localidad, lo que ocasiona que no se puedan atender convenientemente otras competencias propias de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
Por todo ello, con base en la atribución conferida en el artículo 7 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, el Ayuntaiento ha establecido que los autobuses de servicio discrecional de viajeros habrán de proceder a la carga y descarga de sus pasajeros en la zona señalizada en las inmediaciones del Apeadero de Autobuses, pudiendo estacionar en los espacios habilitados en su proximidad, sin que puedan acceder al casco urbano.
Los incumplimientos de esta disposición y de la correspondiente señalización vial existente en las vías públicas locales serán sancionados conforme a lo previsto en la normativa reguladora en materia de tráfico que resulta de aplicación.
